La Dirección Ejecutiva de Pesquería es el órgano técnico, normativo encargado de formular, ejecutar y dirigir por encargo del Director Regional, las políticas del subsector, las mismas que comprenden las actividades de extracción, transformación y cultivo pesquero de recursos hidrobiológicos de aguas continentales, velando por la explotación racional de los recursos naturales y la preservación del medio ambiente, es el responsable administrativo de las actividades bajo su cargo. El Director Ejecutivo de Pesquería es la autoridad inmediata al Director Regional de la Producción en el subsector de su competencia.
Son funciones de la Dirección Ejecutiva de Pesquería:
A. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y produccion acuícola de la región.
B. Administrar, supervisar y fiscalizar la gestión de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdicción.
C. Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdicción.
D. Promover la provisión de recursos financieros privados a las empresas y organizaciones de la región, con énfasis en las medianas, PYMES y unidades productivas orientadas a la exportación.
E. Desarrollar e implementar sistemas de información y poner a disposición de la población información útil referida a la gestión del sector.
F. Promover, controlar y administrar el uso de los servicios de infraestructura de desembarque y procesamiento pesquero de su competencia, en armonía con las políticas y normas del sector, a excepción del control y vigilancia de las normas sanitarias sectoriales, en todas las etapas de las actividades pesqueras.
G. Verificar el cumplimiento y correcta aplicación de los dispositivos legales sobre control y fiscalización de insumos químicos con fines pesqueros y acuícolas de acuerdo a la ley de la materia. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes
H. Promover la investigación e información a cerca de los servicios tecnológicos para la preservación y protección del medio ambiente.
I. Velar y exigir el adecuado cumplimiento de las normas técnicas en materia de pesquería. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes.


